Resumen | |
[J] | El Tribunal General de la UE confirma que no puede registrarse la iniciativa ciudadana europea dirigida a permitir la cancelación de la deuda pública onerosa de los países en estado de necesidad, como Grecia. El objeto de esta iniciativa no encuentra ninguna base en los Tratados(publicado en Actualidad Diaria 2966 el 1 de octubre de 2015) |
texto publicado volver | |
Según el Tratado UE, los ciudadanos de la Unión, siempre que alcancen el millón de firmantes y que procedan de, por lo menos, un cuarto de los Estados miembros, pueden tomar la iniciativa de invitar a la Comisión para que, en el ámbito de sus atribuciones, presente al legislador de la Unión una propuesta de adopción de un acto legislativo de la Unión para los fines de aplicación de los Tratados («iniciativa ciudadana europea»). Antes de poder comenzar a recoger el número exigido de firmas, los organizadores de la iniciativa ciudadana europea deben registrarla ante la Comisión, que examinará especialmente su objeto y sus objetivos. La Comisión puede denegar el registro de la iniciativa, entre otros motivos, cuando el objeto de ésta se encuentre manifiestamente fuera del ámbito de sus competencias para presentar una propuesta relativa a un acto jurídico al legislador de la Unión. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |